martes, 22 de marzo de 2011

REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Con este real decreto, se pretende dar organización y estructura a la modalidad de estudio llamado bachillerato, posterior a la educación secundaria obligatoria y anterior a la enseñanza superior.

Al ser un tramo importante en la vida escolar de un joven, se dotan de gran cantidad de normas referidas a la regulación del bachiller, en cuanto a las aptitudes mínimas para promocionar los cursos, las diferentes ramas que existen dentro de este, las materias comunes a desarrollas y las optativas que existen dentro de cada rama .

También se desglosa en este real decreto, la cesión de determinadas competencias en las distintas comunidades autónomas, para la aplicación de esas competencias al sistema estudiantil, como puede ser la incorporación de las lenguas co-oficiales existentes en el entorno geográfico, la complejidad o flexibilidad en los exámenes de aptitud.

También es de importancia, que en estos reglamentos, se deja explícitamente expuesto los contenidos de cada materia a cursar por el alumnado, para que no pueda existir un vicio de ilegalidad , eligiendo a propio interés los contenidos de las materias, para poder eliminar determinados conceptos que los centros docentes no quieran enseñar a sus alumnos.



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